Prácticamente finalizado el “tsunami” regulatorio en respuesta a los problemas de liquidez que han aflorado durante la crisis, el regulador ha vuelto a abordar una vieja preocupación, cómo es la de crear un marco de supervisión del riesgo de tipo de interés de balance.
Cuando fijó hace años las pautas para el modelo de riesgo de mercado por la actividad de Trading, ya reconocía que el riesgo de interés de las actividades no de trading era muy relevante para las entidades, y que éste debía de ser controlado adecuadamente. Sin embargo, tras analizar la situación del ALM a nivel internacional, no encontró la suficiente homogeneidad entre los modelos de medición y control de este riesgo entre los diferentes países, e incluso, entre las diferentes entidades dentro de un mismo país. De este modo renunciaba a la idea de proponer un modelo de consumo de capital por IRRBB estandarizado o, al menos, “teledirigido”.
Es decir, no se puede encontrar un modelo estándar adecuado para todas las entidades a nivel internacional, por lo que se conserva el enfoque de mantener capital interno por IRRBB en Pilar II. A cambio, la EBA exige que las entidades cuenten con un modelo de ALM lo suficientemente sofisticado en función del tamaño y tipo de negocio. Para lo cual establece los pilares en los que se debe basar el refinamiento del modelo de capital por IRRBB, en concreto:
- Métricas y modelos necesarios, para asegurar le medición adecuada de todos los riesgos de tipo de interés a los que está expuesto el balance y haciendo hincapié en el impacto sobre el modelo de las hipótesis de comportamiento del cliente
- Escenarios exhaustivos de movimientos de los tipos de interés para evaluar todos los tipos de riesgo de interés y, preferentemente, bajo un enfoque de comportamiento dinámico
- Establecimiento de un marco robusto de pruebas de tensión, tanto para las curvas de tipos como para las hipótesis de comportamiento del cliente
- Procedimientos de ‘governance’ interno en cuanto a implicación de los órganos de gobierno, validación interna y robustez de los sistemas de IT y calidad de los datos
- Establecimiento de políticas claramente definidas sobre todos los aspectos relevantes en relación con el IRRBB
Pero la EBA no sólo se queda ahí, sino que, en lo que supone un importante esfuerzo de análisis y concreción por su parte, desarrolla todos los principios anteriores a través de unas guías bastante detalladas de lo que espera, y además, fija los niveles de sofisticación en cuanto a métricas y modelos en función del grado de complejidad de cada tipo de entidad financiera.
Adicionalmente, aclara y fija los parámetros del cálculo estandarizado que se reporta al regulador, con el objetivo de que éste pueda comparar el riesgo entre entidades con una misma base de cálculo y contar con un umbral de medición que dispare las alertas sobre la adecuación del capital por IRRBB al riesgo que está asumiendo una determinada entidad. Como el regulador es plenamente consciente de las limitaciones de este enfoque estandarizado, insta a las entidades a que desarrollen modelos internos adecuados, y recuerda que éste cálculo regulatorio no puede sustituir en ningún caso al modelo interno de cálculo de capital.
Por último, introduce la necesidad de que, en el cálculo de capital interno, se tenga en cuenta no sólo la variabilidad del valor económico de la entidad en caso de situaciones de estrés, si no también el impacto potencial en la capacidad de generar beneficio futuro de la entidad.
Sorprendentemente, a los pocos días BCBS emitía un documento consultivo sobre IRRBB que cambiaba totalmente el paso a las entidades financieras, dado que proponía la aplicación de un modelo estandarizado para el cálculo del capital regulatorio por IRRBB dentro del Pilar I, o bien que se aplicará el modelo interno de cada entidad, pero con un ‘floor’ de consumo de capital que vendría marcado por el resultado de dicho modelo estándar. Adicionalmente, Incluso se solicitó a algunas entidades la realización de un QIS para evaluar el impacto sobre el consumo de capital tendría el aplicar el modelo estándar propuesto.
Esto provocó la reacción de la industria, generando argumentos en contra de buena parte de las consideraciones que Basilea hacía en su documento sobre el problema del ALM. El más importante fue el argumento que “negaba la mayor”, es decir, no se puede aplicar un modelo estándar que prefije el comportamiento de la clientela de todos los bancos, si no que cada entidad debe desarrollar los mecanismos adecuados de modelización del comportamiento en función de la composición y características de sus productos y de su base de clientes.
Pero alguna de las ideas que proponía dicho modelo eran muy interesantes, por ejemplo, la preocupación porque los modelos de comportamiento no deben ser estáticos si no dinámicos, es decir deben adecuarse al nivel de los tipos de interés en cada escenario, ser una función del mismo. También resulta muy interesante la incidencia en el papel del credit spread risk dentro del banking book.
De este modo el documento final, se estructura como una serie de principios de IRRBB que deberán cumplir las entidades financieras a la hora de calcular su capital interno. Sin embargo, mantiene la validez del modelo interno en dos situaciones, la primera, si el supervisor local lo considera más adecuado y la segunda, en el caso de que el supervisor concluya que el modelo propio de cálculo de capital interno de una entidad no es adecuado.
Adicionalmente, el documento “endurece” considerablemente el cálculo del test estándar que se debe enviar al supervisor, restringiendo notablemente la cantidad máxima de riesgo que una entidad puede asumir.
Por último, en aras de la transparencia y para facilitar la comparabilidad entre entidades financieras, se establecen unas obligaciones de información pública sobre varios aspectos relevantes del marco y del modelo de ALM.
De todo lo anterior se pueden obtener varias conclusiones:
- El supervisor reconoce la gran importancia que el IRRBB tiene para las entidades y se ha esforzado notablemente en la generación de unas guías detalladas para que las entidades puedan alcanzar el nivel de sofisticación necesario.
- El supervisor está preocupado porque considera que la mayor parte de las entidades presentan importantes deficiencias en alguno o varios de los siguientes aspectos:
- Medición del riesgo tanto sobre valor económico como margen de intereses y su reflejo en el modelo de capital interno por IRRBB
- Medición de la totalidad de los riesgos que afectan al balance
- Consideración de todos los escenarios posibles de movimientos de la curva
- Utilización de métricas o metodologías de gestión poco sofisticadas
- Consistencia del marco de estrés test, tanto para tipos como para comportamiento del cliente
- Modelización de la opcionalidad asociada al comportamiento del cliente
- Modelos estáticos que no permiten contar con una visión ‘forward-looking’ para anticipar suficientemente situaciones de riesgo
- Escasa implicación de los órganos de gobierno, insuficiencia de la información que reciben, desconocimiento de las limitaciones de los modelos y métricas
- Inexistencia o inadecuación de procedimientos de validación interna
- Sistemas tecnológicos inadecuados o no implantados totalmente
- Mala calidad o incompletitud de los datos de origen
- Inexistencia o falta de documentación de políticas sobre los aspectos relevantes del ALM, o ausencia de autorización al nivel necesario
Por lo tanto, las entidades deben abordar un proyecto de análisis de situación y adaptación, en los aspectos en los que se identifiquen gaps, a la normativa. Dicho proyecto requiere de la implicación de un elevado número de áreas dentro del banco, con el consiguiente esfuerzo de coordinación del mismo, así como la dedicación de una gran cantidad de recursos cualificados que normalmente no se pueden liberar internamente.
Las tareas básicas que, como mínimo, se deberían seguir para este proceso de adaptación serían:
1 | Creación del grupo de trabajo multidisciplinar |
2 | “Aterrizaje” de los requerimientos regulatorios |
3 | Identificación de gaps respecto a los mismos |
4 | Establecimiento y priorización de los distintos subproyectos para abordar cada gap identificado |
5 | Definición conceptual de los desarrollos metodológicos necesarios para la medición de todos los riesgos posibles |
6 | Desarrollo del modelo de generación de escenarios |
7 | Desarrollo del marco de stress test tanto para las curvas de tipos como para comportamiento de cliente |
8 | Asegurar que se han identificado y modelizado todas las opcionalidades del balance (tanto las financieras, como las de cliente, bien sean explícitas o implícitas) |
9 | Diferenciación entre el riesgo proveniente del balance contractual y el generado por las hipótesis sobre el comportamiento del cliente |
10 | Consideración del riesgo por spread crediticio y utilización de curvas apropiadas para cada masa de balance en función de su riesgo de crédito, incluyendo el riesgo propio |
11 | Adaptación del cálculo del test estándar regulatorio |
12 | Implementación de los cambios necesarios en la herramienta |
13 | Revisión de la robustez y consistencia de los datos y los procesos de captura y transmisión de los mismos |
14 | Revisión y adaptación del governance |
15 | Desarrollo del nuevo marco de reporting |
16 | Validación interna de todos los modelos de ALM (incluyendo la implantación en la herramienta) |
17 | Adaptación del cálculo de capital interno (y alineación con el ICAAP) |
18 | Documentación y validación al nivel necesario de todo el marco de ALM (detallando las políticas respecto a todos los aspectos relevantes) |