Existen varios factores que generan riesgo de liquidez estructural para una entidad financiera, y que tienen que ver básicamente con, el mismatch de plazos, el estrechamiento o falta de acceso a los mercados -incluyendo la venta de activos- y el comportamiento del cliente.
Pero también existe otro importante factor de riesgo para las entidades financieras -especialmente en aquellas con una actividad liquidadora significativa- derivado de la operativa asociada a la gestión activa de la liquidez diaria. De este modo, el riesgo de liquidez intradía surge cuando la entidad no es capaz de hacer frente a los compromisos de pago en el debido tiempo y forma, tanto en condiciones habituales de negocio como en condiciones de estrés, afectando de esta forma a la posición de liquidez propia y a la de otras partes relacionadas.
Las referencias normativas de Basilea en relación a este riesgo son, fundamentalmente dos:
- ‘Principles for Sound Liquidity Risk Management and Supervision’ -BCBS 144- de 2008
- ‘Monitoring Tools for Intraday Liquidity Management’ -BCBS 248- de 2013
La primera de ellas, establece que las entidades deben poder gestionar activamente y de forma adecuada sus posiciones de liquidez intradía tanto en situaciones normales como en situaciones de estrés, para contribuir al buen funcionamiento del sistema de pagos y liquidaciones.
Para construir el marco adecuado para la gestión del riesgo de liquidez intradía, las entidades deben evaluar las particularidades de su modelo de negocio y fijarse, al menos, seis objetivos de gestión:
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Las entidades están obligadas, por tanto, a desarrollar e implantar políticas internas debidamente documentadas y aprobadas, procedimientos adecuados y sistemas tecnológicos robustos que le permitan conseguir dichos objetivos. Adicionalmente, deben desarrollar, documentar y aprobar debidamente un Plan de Contingencia específico para el Riesgo de Liquidez Intradía.
La segunda referencia normativa, determina específicamente cuáles son las herramientas de seguimiento para la gestión del riesgo de liquidez intradía que se deben reportar al supervisor y que están orientadas a garantizar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y liquidaciones, particularmente los grandes sistemas internacionales.
Dichas métricas son siete y se aplican a las entidades en función de su rol dentro de los sistemas de pago y liquidaciones. En concreto:
Aplicables a todas las entidades financieras: |
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Aplicables, además, a las entidades financieras que actúan como corresponsales: |
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Aplicables, además, a participantes directos en los sistemas de pagos y liquidaciones: |
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Adicionalmente, también se deben reportar los resultados de la aplicación de los escenarios de estrés, derivados del incumpliendo de las obligaciones de pago de terceros y de pérdida de valor de los activos disponibles para la generación de liquidez.
A la hora de desarrollar el marco de gestión y control del riesgo de liquidez intradía para dar cumplimiento a las exigencias normativas, hay algunas consideraciones prácticas que hay que tener en cuenta y que pueden tener un gran impacto en los recursos que la entidad debe comprometer para ello. En concreto es necesario:
- Una revisión de los sistemas tecnológicos, con el objetivo de poder realizar:
- Una proyección de los flujos de caja previstos en los próximos días
- La identificación de los flujos críticos y de su ‘timing’
- La diferenciación de los flujos fijos y flotantes
- La calibración del buffer de liquidez necesario y de las fuentes de liquidez alternativas disponibles
- Un seguimiento de la ejecución de los flujos previstos, así como de los correspondientes a operaciones realizadas en el día. De forma ideal, el seguimiento de los cobros, pagos y liquidez disponible se deberían realizar en tiempo real
- Realizar un inventario exhaustivo de los distintos sistemas en los que se opera, tanto a nivel nacional como internacional, de sus normas de funcionamiento, de las diferentes cuentas que se utilizan, de los posibles barridos que se realizan entre ellas, diferentes corresponsales necesarios, normas de liquidación de operaciones con valores en los distintos sistemas, condiciones contractuales en la liquidación de las operaciones, horarios, etc. Igualmente es necesario realizar un inventario exhaustivo de las formas de apelación a las distintas fuentes de financiación intradía, uso de pólizas, movilización de colaterales, etc., con especial atención a la operativa en divisa y en otros países.
- Desarrollar un marco de control específico para este riesgo, ya que con las métricas de riesgo de liquidez estructural y las métricas regulatorias de liquidez -LCR, por ejemplo- no se recoge adecuadamente este riesgo.
- Establecer un buffer de liquidez específico para este riesgo y que será adicional al necesario para el cumplimiento de los ratios regulatorios, límites internos y apetito de riesgo por liquidez estructural.
- Definir e implantar el sistema de reporting tanto interno como regulatorio.
- Establecer un gobierno para el control y seguimiento del riesgo de liquidez, gestión de posibles excesos de límites, aplicación del plan de contingencia, información a la dirección, etcétera.
- Desarrollar escenarios de estrés apropiados para las circunstancias particulares de cada entidad y mercados en los que opera, siendo muy recomendable la aplicación de ‘reverse stress test’. Dichos escenarios se deben considerar para calibrar el buffer de liquidez necesario, enriquecer el marco de control del riesgo de liquidez intradía, fijar el apetito de riesgo específico para el riesgo intradía, establecer límites operativos y desarrollar planes de contingencia específicos.
- Incorporar al ILAAP el marco de control, seguimiento y gestión del riesgo intradía como un componente adicional del marco de riesgo de liquidez global.
- Implicar a diferentes áreas dentro de la entidad, al menos a Operaciones, Tesorería, Gestión Financiera, como primera línea de defensa para gestionar el riesgo, a Riesgos -incluyendo riesgos de crédito para la gestión de líneas y descubiertos- como segunda línea para controlar el riesgo y a Auditoría Interna como tercera línea para contrastar del funcionamiento de las líneas anteriores y el cumplimiento con las obligaciones internas y regulatorias.