Como se ha comentado en múltiples entradas, la crisis financiera global de 2007 – 2008 desencadenó una serie de ajustes en los sistemas bancarios. La evolución de la crisis mostró la importancia de mantener la confianza de los depositantes en los sistemas financieros y el rol fundamental de los sistemas de seguro de depósitos en el mantenimiento de dicha confianza.
Los sistemas de seguro de depósitos son fondos creados para cubrir las pérdidas de los depositantes, en su totalidad o de forma parcial, en caso de insolvencia de alguna entidad financiera.
De acuerdo con los datos de la International Association of Deposit Insurers -IADI-, a 31 de enero de 2014, 113 países tenían instaurado algún tipo de seguro de depósitos.
En una entrada anterior del blog se habló acerca del Fondo de Garantía de Depósitos en España -FGD-. En esta ocasión es turno de hablar del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario -IPAB-, que es el sistema de seguro de depósitos en México.
El IPAB forma parte de las autoridades del Sistema Financiero Mexicano, además de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público -Ministerio de Finanzas-, el Banco de México -Banxico-, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores -supervisor y regulador bancario- y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
El IPAB inició actividades en mayo de 1999, sustituyendo al Fondo Bancario de Protección al Ahorro -Fobaproa-, que fue un fondo creado para garantizar los depósitos de los ahorradores. Sin embargo, ante la crisis bancaria de 1994, el gobierno, a través de Fobaproa les cambió a los bancos la cartera vencida por pagarés, que se vencían a los diez años, tiempo en el cual no se podían vender ni intercambiar. De ahí la propuesta del presidente en turno de convertirlos en deuda pública.
Derivado del desvío en las principales actividades del Fobaproa y debido a los grandes problemas de endeudamiento en que se encontraba, fue necesario crear un nuevo organismo, y desde entonces el IPAB es la institución encargada de proteger los depósitos, especialmente de los pequeños y medianos ahorradores de la banca.
Como función adicional, el IPAB otorga apoyo financiero a los bancos con problemas de solvencia, de modo que se mantenga el buen funcionamiento de las instituciones bancarias.
A continuación se muestra un cuadro comparativo entre el Fondo de Garantía de Depósitos en España y el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
FGD |
IPAB |
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Importe cubierto | Cubre hasta un máximo de 100.000 euros por cada titular de una cuenta y en cada institución bancaria | Cubre hasta un máximo de 400.000 UDIS -100.000 euros aproximadamente- por persona, física o moral y por institución bancaria |
Forma de financiación | El FGD se nutre de las aportaciones que año tras año realizan las entidades adscritas a este Fondo. Dichas entidades deben depositar una cantidad de dinero determinada que es proporcional a los depósitos obtenidos. A más depósitos obtenidos por la entidad, mayor aportación al FGD |
Los bancos están obligados a pagar cuotas ordinarias y extraordinarias que establezca la Junta de Gobierno del IPAB. Las cuotas ordinarias se aportan mensualmente a un fondo preventivo |
¿Qué protege? |
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¿Qué no protege? |
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Con este artículo hemos intentado complementar un tema que afecta a todos los ahorradores, tratando de aclarar los conceptos que faciliten el entendimiento de la Protección al Ahorro Bancario en México y las principales diferencias que existen con el Fondo de Garantía de Depósitos de España.
Como siempre, cualquier comentario o aportación en nuestro blog será bienvenida.